miércoles, 1 de febrero de 2017

El Tribunal Supremo estudiará el 15 de febrero en Pleno cómo aplicar el fallo europeo de las cláusulas suelo

Mientras hay entidades que ya han dicho que devolverán todo lo cobrado por las cláusulas suelo (Bankia), otras que siguen afirmando que sus cláusulas eran claras y transparentes (¿quién se cree que dieran instrucciones a los Notarios para que explicaran a los consumidores el significado de lo que estaban firmando?) y otros diciendo que harán lo que diga el Tribunal Supremo, éste ya ha fijado para el día 15 de febrero una reunión para decir cómo se aplica la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Según informa VozPopuli, se ha convocado un Pleno jurisdiccional el próximo 15 de febrero en la Sala de lo Civil, que preside el magistrado Francisco Marín Castán, para abordar dicho asunto.

El pasado mes de diciembre, el Tribunal de Luxemburgo obligó a la banca española a devolver todo lo que cobró de más con las cláusulas suelo de los créditos hipotecarios, más allá de mayo del año 2013. La Unión Europea enmendaba así la plana al Supremo al sostener que la limitación temporal de la devolución de las cláusulas suelo no es compatible con el derecho comunitario. Sí cabe la retroactividad.

Según informan fuentes de este órgano judicial, el fallo del Luxemburgo "es muy claro" y no deja margen de dudas ya que la banca no tiene más salida actualmente que devolver todo el dinero que cobró a sus clientes con las polémicas cláusulas suelo. Sin embargo, los nueve magistrados de la Sala Civil -diez una vez que tome posesión la recién nombrada magistrada del Tribunal Supremo María de los Ángeles Parra- tienen que establecer qué criterios uniformes deben seguir los jueces y tribunales españoles a la hora de aplicar el fallo de la Unión Europea.

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo ha sido un auténtico varapalo para la misma Sala de lo Civil que ahora tiene que establecer cómo se aplica el fallo de Europa. Cientos de jueces españoles esperan el acuerdo del Supremo antes de aplicar el fallo de la Unión Europea. Ante la previsible avalancha de reclamaciones judiciales de clientes afectados por las cláusulas suelo, el Gobierno aprobó un real decreto para establecer un sistema extrajudicial que agilice la recuperación del dinero por parte de los afectados.

Sin embargo, aunque esto facilitará las cientos de reclamaciones, no se puede impedir a ningún ciudadano que si lo estima oportuno ejerza su derecho en los tribunales. De hecho, el citado real decreto establece que el consumidor puede decidir acudir a la vía judicial directamente pero, una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto este, las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación. El objetivo es evitar duplicidades sobre una misma reclamación.

Desde este blog informaremos sobre los criterios que establezca el Tribunal Supremo, y ponemos nuestro despacho a disposición de todos los que suscribieron préstamos con hipotecas para informarles sobre cómo poder proceder para recuperar las cantidades abonadas por la inclusión de las cláusulas suelo, tramitarles si así lo desean su reclamación directa ante el banco, e incluso si es preciso interponer las actuaciones judiciales precisas para el cumplimiento del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.